En una crisis financiera, la atención suele concentrarse en la empresa: sus deudas, sus activos, sus acreedores. Pero hay una pregunta que los gerentes y miembros de junta directiva no deberían posponer: ¿qué responsabilidad personal tengo por las decisiones que tome ahora?
Los deberes de los administradores
La Ley 222 de 1995 establece que los administradores deben obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, en interés de la sociedad y teniendo en cuenta los intereses de sus asociados. Entre otros deberes, deben velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias.
Esos deberes no desaparecen cuando la empresa entra en dificultades. Al contrario: es en la crisis cuando más se examinan.
Cuándo puede surgir la responsabilidad
La misma ley prevé que los administradores responden solidaria e ilimitadamente por los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros. Situaciones que con frecuencia generan reclamaciones:
- Seguir contrayendo obligaciones cuando ya se sabe que no podrán pagarse.
- Pagar a unos acreedores en perjuicio de otros, por fuera del orden legal.
- Vender activos por debajo de su valor o a personas vinculadas.
- No llevar la contabilidad en debida forma o no convocar a los socios cuando la situación lo exige.
Cómo reducir el riesgo
- Documente las decisiones. Actas de junta y asamblea que muestren que se analizó la situación con información.
- Busque asesoría a tiempo. Consultar a especialistas en insolvencia demuestra diligencia.
- Evalúe los mecanismos legales. Solicitar oportunamente una reorganización, o una liquidación ordenada, es la forma que la ley ofrece para enfrentar la crisis.
- Trate a los acreedores con igualdad. Evite pagos preferenciales que no tengan justificación legal.
La mejor defensa de un administrador es haber actuado a tiempo, con información y dentro de los cauces legales.
Conclusión
Una crisis empresarial no convierte automáticamente al administrador en responsable. Lo que se juzga es cómo actuó frente a ella. Por eso, cuando aparecen las primeras señales de insolvencia, la consulta jurídica protege tanto a la empresa como a quienes la dirigen.
