Claves para una liquidación ordenada de sociedades
Los pasos y buenas prácticas para liquidar una sociedad comercial en Colombia cumpliendo la normativa vigente y protegiendo a socios y administradores.
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Cuando la empresa ya no es viable, una liquidación bien llevada protege a los socios y administradores, paga a los acreedores en el orden que fija la ley y cierra el ciclo de la sociedad sin dejar cabos sueltos.

Procede cuando los socios deciden disolver la sociedad por cualquiera de las causales del Código de Comercio o de los estatutos, y la sociedad puede atender sus obligaciones. Los socios nombran un liquidador, se elabora el inventario del patrimonio social, se paga a los acreedores y el remanente se distribuye entre los socios. Al final, la cuenta final de liquidación se inscribe en la Cámara de Comercio y la sociedad deja de existir.
Regulada por la Ley 1116 de 2006, procede cuando la empresa está en insolvencia y no es viable reorganizarla, o cuando incumple un acuerdo de reorganización. El juez del concurso designa un liquidador, quien recibe los bienes, los vende y paga a los acreedores respetando la prelación legal. Este proceso ofrece seguridad jurídica a todas las partes y evita que cada acreedor persiga los bienes por separado.
En 27 años hemos acompañado cierres de empresas de distintos sectores en toda Colombia. Le explicamos cada paso con claridad para que tome decisiones informadas.
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La liquidación voluntaria la deciden los socios cuando la sociedad puede pagar sus deudas o simplemente quieren terminar el negocio, y se tramita de forma privada con un liquidador designado por ellos. La liquidación judicial se adelanta ante el juez del concurso, normalmente la Superintendencia de Sociedades, cuando la empresa está en insolvencia y no es viable reorganizarla.
En las sociedades de responsabilidad limitada, como las SAS y las anónimas, por regla general los socios responden hasta el monto de sus aportes. Sin embargo, existen excepciones, por ejemplo cuando se demuestra el uso fraudulento de la sociedad o ciertas obligaciones tributarias y laborales. Por eso es clave liquidar con asesoría.
La ley establece una prelación de créditos. En términos generales, primero se pagan las obligaciones laborales y fiscales, luego los créditos con garantía, y por último los acreedores quirografarios, que no tienen privilegio ni garantía.
Los contratos de trabajo terminan con la liquidación y los créditos laborales tienen prelación en el pago. Le ayudamos a cumplir las obligaciones con los trabajadores de forma ordenada y documentada.
Una liquidación voluntaria sencilla puede tomar entre tres y seis meses. Una liquidación judicial depende del volumen de activos y acreedores, y con frecuencia toma más de un año.
En ciertos casos la ley permite celebrar un acuerdo de reorganización dentro de la liquidación judicial para salvar la empresa. Lo evaluamos en el diagnóstico inicial.
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